
La Secretaría del Campo, a través de la Subsecretaría de Ganadería y la Dirección de Regulación Pecuaria, informó mediante oficio circular que, derivado del Programa de Supervisión Integral del SENASICA-APHIS para el control del Gusano Barrenador del Ganado en México, se reforzarán los procedimientos relacionados con la movilización de ganado.
Por ello, se comunica a los productores que cuando el propietario del ganado no se presente personalmente a realizar el trámite de movilización, la persona que solicite la Guía de Tránsito (REEMO) para la movilización de semovientes, productos o subproductos deberá presentar una Carta de Autorización, debidamente firmada por el propietario, representante legal o administrador de la UPP, PSG o PG, anexando copia de identificación oficial (INE).
Para facilitar este proceso, los productores pueden acudir a las oficinas para adquirir el formato de Carta de Autorización, rellenarlo y así poder realizar sus trámites de movilización sin contratiempos.
Esta medida tiene como objetivo evitar movilizaciones no autorizadas y prevenir denuncias o inconformidades por parte de los propietarios del ganado.
Se invita a los productores y asociaciones ganaderas a tomar en cuenta esta disposición y difundirla entre sus agremiados para cumplir con la normatividad vigente.
